El procedimiento para la selección de los beneficiarios será mediante concurrencia competitiva para el que se ha creado una Comisión de personal municipal que tiene encomendada la comprobación del cumplimiento por las personas destinatarias del programa

El procedimiento para la selección de los beneficiarios será mediante concurrencia competitiva para el que se ha creado una Comisión de personal municipal que tiene encomendada la comprobación del cumplimiento por las personas destinatarias del programa
 
Desde hoy 27 de mayo y hasta el día 13 de junio, ambos inclusive, se podrá presentar en el Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC) del Ayuntamiento de Lucena la solicitud para participar en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.

Para el desarrollo de este Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación, la Junta de Andalucía ha asignado inicialmente a este Ayuntamiento la cuantía de 181.101,00 euros para la contratación laboral de aquellas personas que, cumpliendo los requisitos previstos en la citada norma, hayan sido previamente seleccionadas para un contrato con una duración determinada entre quince días y tres meses.

Los contratos se realizarán conforme a la normativa laboral vigente y tendrán una duración determinada entre quince días y tres meses. Igualmente, la financiación de cada contrato incluido en el programa será de 790,29 euros incluyendo las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que, en el momento de la presentación de la solicitud, además de estar empadronadas en este municipio, se encuentren inscritos en el SAE como demandante de empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

Asimismo, tiene que pertenecer a una unidad familiar donde concurran diferentes circunstancias como que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación, todas las personas que componen dicha unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas. De igual modo, el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar tiene que ser:

  • Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona (3.195,06 euros).
  • Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas (4.153,57 euros).
  • Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas (4.792,59 euros).
  • Inferior a 1,7 veces al IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas (5.431,60 euros).

Por último, la persona solicitante tiene que formar parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en el artículo 8.

En el SIAC podrá retirarse el modelo de solicitud y obtener más información en horario de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes y de 18:00 a 21:00 horas, los martes y jueves. Dicho modelo de solicitud también está disponible en la Sede Electrónica Municipal, y en horario de 9:00 a 14:00 horas, en los registros auxiliares del Ayuntamiento como son la Delegación de Jauja, Delegación de las Navas del Selpillar, Servicios Sociales, Obras e Infraestructuras e Innovación y Desarrollo Económico.

En caso de que hubiera dos o más solicitudes de personas que componen una misma unidad familiar para acceder al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, sólo se atenderá a la que se hubiera registrado antes. Únicamente se podrá contratar dos o más personas que componen una misma unidad familiar en el caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras unidades familiares.

En el momento de presentar la solicitud, esta deberá ir acompañada en todo caso de:

  • Fotocopia compulsada del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia o documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
  • En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que corresponda o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia y si tuviese descendencia, además, el libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento expedido por este Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido en el artículo 8.b)1º del Decreto-ley (se aportará de oficio por el ayuntamiento).
  • Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al programa. (Se obtendrá, previa autorización del solicitante, directamente por el ayuntamiento).
  • Informe de vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar en edad laboral (mayores de 16 años) en el que se refleje el año anterior a la solicitud y, en los casos de haber trabajado en el año inmediato anterior en el Sistema Especial Agrario, deberá aportar informe de las jornadas reales cotizadas.

El procedimiento para la selección de los beneficiarios será mediante concurrencia competitiva para el que se ha creado una Comisión de personal municipal que tiene encomendada la comprobación del cumplimiento por las personas destinatarias del programa.

La relación provisional de personas admitidas y excluidas será objeto de información pública por plazo de 10 días hábiles mediante anuncio de la Alcaldía. La relación definitiva será también objeto de publicación mediante anuncio de la misma a los efectos de la notificación correspondiente y resolución de las alegaciones que se hubieran presentado contra la relación provisional. Para ello, los solicitantes de la ayuda deberán anotar su número de teléfono en la inscripción.