Días inhábiles 2023
AÑO 2023
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 31.3 la siguiente disposición:
La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo.
La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía establece en su Orden de 7 de octubre de 2022, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, que además de los sábados y domingos son inhábiles los siguientes días:
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2 de enero (lunes)
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6 de enero (viernes)
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28 de febrero (martes)
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6 de abril (jueves)
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7 de abril (viernes)
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1 de mayo (lunes)
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15 de agosto (martes)
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12 de octubre (jueves)
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1 de noviembre (miércoles)
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6 de diciembre (miércoles)
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8 de diciembre (viernes)
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25 de diciembre (lunes)
Además, como fiestas locales serán días inhábiles en este municipio de Lucena los días:
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8 de mayo (lunes)
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8 de septiembre (viernes).