A fecha 4 de octubre de 2022, de conformidad con lo establecido a los umbrales previstos en el apartado 12.1 del Plan de Gestión de Riesgo por Sequía para el periodo comprendido entre octubre y marzo, así como con el informe horario de situación de los embalses en relación al volumen embalsado en el Sistema de Regulación General, nos encontramos en el nivel de Emergencia para la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir y nos sitúa, a tenor de lo establecido en el apartado 12.03, del citado Plan, en un umbral de “emergencia”. En Lucena nos encontramos en el umbral de “escasez grave” (correspondencia a un escenario de Emergencia – Abastecimientos).
En su virtud, se enuncian diferentes actuaciones y medidas de carácter ambiental, institucional, socioeconómicas o técnicas, al tiempo que se hace necesario recordar a la ciudadanía la obligación de cumplir las siguientes medidas de precaución y aplicación:
PRIMERA.- Reducción de las presiones de la red de abastecimiento durante la noche.
SEGUNDA.- Queda terminantemente prohibida la limpieza -mediante riego con mangueras y similaresde aceras y portales exteriores de las viviendas, siendo deseable que se haga extensivo a patios, terrazas y balcones; así como el lavado de vehículos particulares en la vía públicas.
TERCERA.- Queda prohibido el vaciado de piscinas a la red de saneamiento, así como su llenado o reposición con agua procedente de la red de abastecimiento.
CUARTA.- Se suspenden los riegos y baldeos de calles, plazas y vías públicas, salvo aquellos que se realicen con aguas regeneradas o no aptas para el consumo.
QUINTA.- Se reforzarán e intensificarán las campañas de búsqueda y reducción de fugas en la red de abastecimiento, así como de detección de fraudes y usos indebidos de agua potable.
SEXTA.- Por las personas usuarias/responsables se procederá al corte del abastecimiento en instalaciones y en horarios en los que permanezcan cerradas, tales como colegios y demás edificios municipales. Se recomienda la aplicación de dicha medida en institutos y otros centros públicos y privados de similares características.
SÉPTIMA.- Dichas medidas serán de aplicación a partir de las 00:00 horas del día 7 de octubre de 2022.
OCTAVA.- El seguimiento y evaluación de las medidas y recomendaciones será continuo y se procederá a su revisión y adaptación inmediata, si resultara necesario, de conformidad con los umbrales y evolución de la situación de sequía en las próximas jornadas.