La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 31.3 la siguiente disposición:
- La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo.
La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía establece en su Orden de 9 de noviembre de 2018, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, que además de los sábados y domingos son inhábiles los siguientes días:
- 1 de enero (martes)
- 7 de enero (lunes)
- 28 de febrero (jueves)
- 18 de abril (jueves)
- 19 de abril (viernes)
- 1 de mayo (miércoles)
- 15 de agosto (jueves)
- 12 de octubre (sábado)
- 1 de noviembre (viernes)
- 6 de diciembre (viernes)
- 9 de diciembre (lunes)
- 25 de diciembre (miércoles).
Además, serán días inhábiles en este municipio los días según establece la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.
- 6 de mayo (lunes)
- 13 de septiembre (viernes)