El Ayuntamiento de Lucena ha aprobado las bases de la convocatoria de ayudas 'Reemprende', dotada de inicio con 300.000 euros, destinada a habilitar una línea de cooperación con el tejido comercial y empresarial local para recuperar la actividad económica perdida a consecuencia de la crisis sanitaria.

Dirigida a profesionales autónomos y pymes lucentinas de hasta 5 empleados, esta convocatoria de subvenciones forma parte del programa de medidas municipales impulsadas como plan de choque ante el impacto económico provocada por la pandemia de covid-19, de ahí que parta con los objetivos de mantener y promover la creación de empleo auxiliando al empresariado en su reincorporación a la actividad con plenas garantías de seguridad sanitaria e impulsando la digitalización de los modelos de negocio.

Consulta la resolución definitiva: https://tinyurl.com/y3we65uu.

Importe: Será la puntuación total que cada solicitud obtenga como suma de los criterios de valoración la que marque el importe de la subvención a recibir, que oscilará entre 400 euros (si se obtiene de 2 a 4 puntos) y 1.000 euros (de 12 puntos en adelante). También se contemplan las cuantías de 600 (de 5 a 8 puntos) y 800 euros (de 9 a 11 puntos). Hay contemplado un primer pago del 75% al momento de la aprobación y el 25% al final del proceso tras la presentación de la documentación.

Requisitos:

a) Haberse visto afectados/as como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión del COVID-19, por cierre temporal de su actividad.

b)- Que la actividad afectada por el cierre temporal dispuesto por el estado de alarma, no se haya visto compensada por un incremento de la facturación mediante un aumento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.

c)- Que tengan su domicilio fiscal de la actividad en el municipio de Lucena y radique en el mismo el centro de trabajo afectado.

d)- Que se hallen al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Lucena y con otras administraciones.

e)- En el caso de autónomos/as, estar afiliado como autónomo/a y con el alta en vigor en la fecha de la declaración del estado de alarma. (14 de marzo de 2020). Para aquellas actividades que se presten en intervalos discontinuos en el tiempo, estar afiliado como autónomo/a y con el alta en vigor en el ejercicio anterior en los meses correspondientes al periodo de vigencia del estado de alarma.

f)- El resto de las personas beneficiarias, estar legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, así como dados de alta en el Régimen de Seguridad Social o Mutualidad que corresponda, en la fecha de la declaración del estado de alarma. (14 de marzo de 2020).

g)- Ajustarse a la normativa local y ambiental que le sea de aplicación.

Gastos subvencionables: certificados de calidad, material de higiene y servicios de limpieza y desinfección, servicios de asesoramiento/gestión de las ayudas vinculadas a la COVID- 19, reformas o adaptaciones del local de negocio, proyectos de innovación tecnológica, publicidad y cuotas de los préstamos hipotecarios o personales por compra de instalaciones. También serán subvencionables los gastos correspondientes al recibo del IBI, el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica adscritos a la actividad empresarial y recogida de residuos sólidos urbanos y el impuesto de matriculación de vehículos nuevos adscritos a la actividad empresarial referente a 2020 ó el gasto correspondiente al recibo del IAE.

Financiación: El Ayuntamiento de Lucena dispone para esta convocatoria con fondos procedentes del Plan Córdoba 10 de la Diputación de Córdoba.

 

Bases completas de la convocatoria Reemprende 2020

Modelo de solicitud Ayudas Reemprende 2020