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El Patronato Deportivo Municipal (PDM) de Lucena se crea por acuerdo plenario en el año 1982, sufriendo posteriores modificaciones, siendo la última la configurada por los Estatutos del mismo, cuya aprobación definitiva ha sido publicada en el B.O.P. nº 218 de 21 de diciembre de 2005.

Según sus Estatutos: "El Patronato Deportivo Municipal se constituye como Organismo Autónomo administrativo Local adscrito a la Alcaldía, al amparo de lo previsto en la letra b) del apartado A) del artículo 85 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, dotándose de personalidad jurídica, tesorería y patrimonio propios, así como autonomía de gestión."

CONSEJO RECTOR:

El Consejo Rector del Patronato Deportivo Municipal estará formado por nueve Concejales/as de la Corporación Municipal, garantizándose la representación de todos los grupos políticos al menos con un miembro y de manera proporcional a la constitución de la misma y serán designados por el Pleno del Ayuntamiento, a propuesta de sus respectivos Grupos Políticos, siendo designado el Presidente del Consejo, de la forma prevista en el art 11 de éstos Estatutos.

Miembros del Consejo Rector del PDM para el mandato 2019-2023: Alberto Lora Martos (presidente), Lucas Gómez del Espino (vicepresidente), José Pedro Moreno Víbora (vocal), César del Espino García (vocal), Francisco Javier Aguilar García (vocal), Ángel Novillo Trujillo (vocal), Jesús López García (vocal), Antonio Hidalgo Sirvent (vocal) y Miguel Villa Luque (vocal). 

A las sesiones del Consejo Rector asistirá el Gerente del Patronato Deportivo Municipal, con voz pero sin voto.

Deberán asistir a sus sesiones y será requisito necesario para su valida constitución el/la Secretario/a General del Ayuntamiento y el Interventor/a General del Ayuntamiento, o las personas en quienes hayan delegado sus respectivas funciones, los cuales actuarán con voz y sin voto.

FUNCIONES:

    a) La promoción deportiva y el desarrollo de la educación física de la población del municipio, así como de las prácticas deportivas de carácter aficionado.

    b) La promoción de toda clase de instalaciones deportivas públicas, así como la conservación, reparación y administración de las de propiedad municipal.

    c) Facilitar la utilización preferente de las instalaciones deportivas municipales a todos los vecinos/as.

    d) Gestionar el posible uso de otras instalaciones públicas o privadas de centros escolares o de clubes, para el cumplimiento de los fines del Patronato

    e) Colaborar con las demás Administraciones Públicas y otras entidades o instituciones de carácter deportivo y terapéutico en el ejercicio de las competencias que le sean propias, para el desarrollo de programas de actuación conjunta.

    f) Fomentar y apoyar las iniciativas de igual naturaleza que provengan tanto individuales o de clubs como de asociaciones deportivas.

    g) Cuantas otras iniciativas, actuaciones, proyectos e inquietudes tengan como objetivo la elevación del nivel deportivo y de educación física de los ciudadanos.