Dª. MARÍA TERESA ALONSO MONTEJO, ALCALDESA POR DELEGACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LUCENA

HACE SABER:
Que ante los numerosos rebrotes del COVID-19 que se están produciendo en las últimas fechas en la provincia de Córdoba, se hace necesario recordar a la ciudadanía las siguientes medidas de precaución: 

PRIMERO.- En los términos del Acuerdo de 30 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se toma conocimiento del Protocolo para la aplicación de medidas especiales en materia de Salud Pública en caso infección por SARSCOV-2, las personas que hayan estado en contacto con algún caso positivo serán localizadas por los servicios sanitarios para su valoración. Estas personas, consideradas contactos, han de permanecer en aislamiento en su domicilio. También deberán restringir al máximo el contacto con las personas con las que conviven y deberán estar localizables a lo largo del periodo de seguimiento. 

SEGUNDO.- Asimismo, en cumplimiento de la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, las medidas de prevención para los trabajadores y trabajadoras de los centros de trabajo serán las siguientes:

a)    Las empresas serán las competentes para evaluar el riesgo de exposición de las personas trabajadoras en cada una de las tareas diferenciadas que realizan y en los distintos escenarios en los que se puedan desarrollar. Igualmente habrán de seguirse las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención de riesgos laborales, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.

b)    No podrán incorporarse a sus puestos de trabajo en los centros las siguientes personas trabajadoras:

1.º Aquellas que estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de COVID-19 o tengan alguno de los síntomas compatibles con el COVID-19.

2.º Las que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19. 

Se recomienda, asimismo, extremar las medidas a fin de propiciar, por razones de prevención y sanitarias, la ausencia a sus puestos de trabajo de aquellas personas que hayan podido estar en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID19 y estén pendientes de prueba diagnóstica.

TERCERO.- Se recuerda a la ciudadanía la necesidad de cumplir con todas las recomendaciones marcadas por las autoridades sanitarias: distancia interpersonal mínima de 1,5 metros; uso obligatorio de mascarillas a partir de seis años en adelante en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros (Orden de 14 de julio de 2020 de la Consejería de Salud y Familias); y lavado de manos con agua y jabón o solución hidroalcohólica.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Dª. MARÍA TERESA ALONSO MONTEJO, ALCALDESA POR DELEGACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LUCENA